Saltar al contenido

El Cheque familiar: requisitos y de qué manera pedirlo

El Cheque familiar es una deducción de 1.200 o 2.400 euros cada un año en el IRPF para las familias varias, familias monoparentales con cuando menos 2 hijos y personas con ascendentes o descendientes con discapacidad.

¿Qué es el Cheque familiar?

 
Hablamos de una deducción en la declaración de IRPF de 1.200 o 2.400 euros. Explicado de manera sencilla, esto quiere decir que la gente que cumplen los requisitos del cheque familiar van a pagar menos impuestos o si la declaración les sale a devolver, van a poder tener mucho más devolución por la parte de Hacienda.   Entonces ¿por qué razón tiene por nombre ““?.
 
El gobierno ha desarrollado 2 formas en las que favorecerse de esta deducción.
 
-La primera de ellas, es aguardar a que llegue la fecha para llevar a cabo la declaración de forma anual de la renta (donde nos encontramos en este momento) y en ese instante aplicarse la deducción.  Por servirnos de un ejemplo: si tras realizar todos y cada uno de los cálculos en la declaración, a un individuo con familia abundante le correspondía una devolución de 1.000 euros, al aplicarse el cheque familiar, le van a devolver 1.200 euros mucho más, o sea, 2.200 euros.  O si por poner un ejemplo, le tocaba abonar 4.000 euros, con la deducción del cheque familiar va a pagar únicamente 2.800 euros.  O sea, el cheque familiar, aplicado en el momento de realizar la declaración, es verdaderamente dinero (como un cheque), puesto que va a suponer abonar menos o recibir una mayor devolución.

-La segunda forma de recibir este “cheque familiar” es solicitarle a la Agencia Tributaria que en vez de aguardar a la declaración de la renta de forma anual, nos anticipe la deducción mes a mes, recibiendo la parte proporcional.  Por poner un ejemplo, si se cumplen los requisitos para recibir los 1.200 euros cada un año,  se puede pedir cobrar 100 euros cada mes, que se van a recibir a través de transferencia.

 

¿Quién lo puede cobrar? Requisitos del cheque familiar

 
El Cheque familiar tienen la posibilidad de pedirlo los impositores con derecho a deducciones por:

  • ser familia abundante general (tres o mucho más descendientes y ocasiones comparables por ley) o familia abundante de categoría particular ( cinco o mucho más descendientes y ocasiones comparables).
  • ser una familia monoparental con cuando menos 2 hijos. Una familia monoparental es aquella donde solo un adulto (padre o madre) se encarga de los hijos.
  •  tener un familiar descendiente o un ascendente con discapacidad.

Aparte de hallarse en uno de los presuntos precedentes, va a deber cumplir alguno de estos 2 requisitos:

  • Estar haciendo un trabajo, dado de alta en el sistema que sea correcto de la Seguridad Popular, (por cuenta extraña o por cuenta propia) y haber cotizado el periodo de tiempo mínimo demandado o,
  • Hallarse en situación de desempleo cobrando el paro, o percibiendo una pensión.

Se va a deber enseñar una petición por cada deducción. Si a múltiples familiares les toca y muestran la deducción sobre exactamente el mismo familiar, el importe se prorratea entre ellos. Las deducciones tienen como límite las cotizaciones y cuotas que se hayan abonado todos los años a la Seguridad Popular y Mutualidades. Este límite se efectúa separadamente por cada deducción que se pida.

En el caso de familia abundante o monoparental con 2 hijos, la deducción va a ser de 1.200 euros y las familias varias de categoría particular, 2.400 euros cada un año. En el momento en que se tengan ascendentes o descendientes con discapacidad y se cumplan el resto de requisitos, la deducción va a ser de 1.200 euros por cada familiar.


De qué forma pedir el cheque familiar

 
Como vimos, la deducción del cheque familiar se puede pedir al efectuar la declaración de forma anual de la Renta, o se puede solicitar el abono adelantado por mes.

La petición del abono adelantado por mes se puede realizar de tres formas:

  • Por la red, presentando el modelo 143. Va a ser preciso tener certificado digital, documento de identidad electrónico o usuario y contraseña del sistema cl@ve.
  • Presencialmente, acudiendo a cualquier oficina de la Agencia Tributaria con cita previa.
  • Por teléfono, llamando 901 200 345, teniendo a mano la declaración de la renta del año previo, en tanto que pedirán que se indique el importe de entre las casillas.
  •  
    La documentación que se requiere para el abono por mes va a ser:

  • En su caso, contar con del título de familia abundante o de certificación que muestre el nivel de discapacidad del ascendente o descendiente de manera oficial.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Popular, trabajar por cuenta propia o extraña y realizar los periodos mínimos de cotización requeridos. O, estar cobrando el paro o pensión.
  • Tener el DNI o NIF de todos y cada uno de los intervinientes en la petición.
  • Tener un número de cuenta corriente y el IBAN.
  •  
    La petición se puede enseñar colectiva o individualmente. Va a ser colectiva en el momento en que sea firmada por todos y cada uno de los integrantes que tuvieran derecho a la deducción por exactamente el mismo supuesto; y también individual, en el momento en que lo presente mucho más de un individuo a la que sea correcto el derecho. En este último caso, la cantidad se prorrateará entre los solicitantes.

     

    Renovación de forma anual del cheque familiar

     
    No es requisito enseñar una renovación de la petición todos los años para recibir la asistencia ni para sostener el cobro adelantado, puesto que una vez concedido se moderniza de manera automática. Solo va a haber que estar atento en el caso de que se genere alguno de los próximos casos, que habría que avisar a la Agencia Tributaria:

  • Cambios de vivienda.
  • El fallecimiento del beneficiario, en el caso de abono adelantado.
  • Baja o cambio de régimen en la Seguridad Popular o mutualidad.
  • Renuncia al cobro adelantado o cambio de modalidad (en un caso así solo se va a poder cambiar los meses de enero).
  • Ediciones en la situación de los ascendentes o descendientes que den sitio a la pérdida del derecho a la deducción.
  •  
    En estas situaciones, se va a deber enseñar el modelo 143 en un período de 15 días comunicando a la Administración los cambios o, en su caso, el incumplimiento de los requisitos para continuar recibiendo la asistencia.

    ¿Puedo cobrar el cheque familiar si cobro el paro o si recibo una pensión?

     
    La gente que estén cobrando el paro (bien sea la prestación contributiva o un subvención) o algún género de pensión (de los regímenes públicos de previsión popular o asimilados) asimismo van a poder pedir el cheque familiar si cumplen todos y cada uno de los requisitos que hemos explicado en el punto segundo, o sea:  tener derecho a deducciones por familia abundante general, familia abundante de categoría particular, familia monoparental con por lo menos 2 hijos, o por tener un familiar descendiente o un ascendente con discapacidad.

    Cumpliendo los requisitos precedentes, si se cobra el paro o una pensión asimismo se va a poder pedir el cheque familiar, si bien no se esté haciendo un trabajo por cuenta extraña o por cuenta propia. El trámite de petición del abono adelantado por mes es exactamente el mismo.

     
    Mucho más información y normativa:
     

  • Cuestiones usuales sobre el cheque familiar (Comunica Agencia Tributaria)
  • Información General (Agencia Tributaria).
  • Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre,
  • Producto 81 bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Art. 60 bis del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Configuración de cookies