Saltar al contenido

Ayudas para desempleados

En España hay tres escenarios de protección para los desempleados: posibilidades contributivas, los subsidios y las ayudas poco comúnes.

De qué forma pedir todas estas ayudas. Requisitos y documentación.

ESQUEMA GENERAL DE LAS AYUDAS PARA DESEMPLEADOS EN 2021

En este cuadro general puede apretar en todos los links va a poder entrar a la guía completa de la asistencia, con información sobre sus requisitos, cuantía económica, trámites de petición, documentación y sugerencias.

1) AYUDAS ESPECIALES POR LA CRISIS DEL CORONAVIRUS

  • Prestación particular para trabajadores damnificados por un ERTE
  • Nuevo subvención particular por desempleo por agotamiento de paro a lo largo de covid (ha podido pedirse hasta el 25/01/2021)
  • Prestación particular para autónomos por cese o disminución de actividad

 

Vídeo: de qué forma revisar velozmente si el SEPE ahora ha aprobado tu prestación por desempleo (ERTE y resto de ocasiones)

2) PRESTACIONES CONTRIBUTIVAS

 

La prestación contributiva por desempleo. Hablamos de la asistencia económica que se recibe en el momento en que el trabajador que se queda en paro tiene amontonados por lo menos 360 días de cotizaciones por desempleo sin consumir en los últimos seis años.

Esta prestación comunmente se cobra mes a mes, pero hay 2 casos en los que se puede recibir con apariencia de pago único: en la capitalización del paro y en el retorno voluntario de inmigrantes.

 

3) LOS SUBSIDIOS POR DESEMPLEO

Los subsidios son ayudas asistenciales para las situaciones en los que aún habiendo cotizado, no se está en su derecho a la prestación o en el momento en que ahora se ha fatigado esta. Entre otros muchos requisitos requieren que el solicitante no pase un preciso nivel de capital (712,50 euros por mes de rentas propias y en varias subsidios, de rentas por integrante de la unidad familiar).

  • Nuevo subvención particular por desempleo
  • Subvención por insuficiencia de cotización
  • Subvención de asistencia familiar
  • Subvención para mayores de 45 años que agotan la prestación contributiva
  • Subvención para mayores de de 55 años (en este momento 52)
  • Subvención por revisión de incapacidad persistente
  • Subvención para emigrantes retornados
  • Subvención para liberados de prisión
  • Subvención por revisión de incapacidad
  • Renta agraria
  • Subvención agrario

 

4) LAS AYUDAS EXTRAORDINARIAS

Entran en juego en el momento en que ahora se han fatigado las posibilidades y los subsidios. Hay que sobrepasar múltiples requisitos para entrar a ellas.

  • Renta Activa de Inserción (RAI), para parados de extendida duración mayores de 45 años, discapacitados, víctimas de crueldad de género o emigrantes retornados.
  • Subvención Increíble por Desempleo (SED), para desempleados con responsabilidades familiares, que hayan fatigado los subsidios ordinarios o las ayudas poco comúnes

 

5) OTRAS AYUDAS FUERA DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

  • Ingreso Mínimo Escencial
  • Sueldos sociales” o rentas mínimas de integración de las Comunidades Autónomas

 

Configuración de cookies